Deducciones fiscales por donativos
Si haces una donación a la Fundación Hospitalarias, podrás beneficiarte de importantes deducciones fiscales en tu declaración de la renta, ya que la entidad está acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002.
Si eres una persona física (IRPF)
- Los primeros 250 € donados desgravan un 80%.
- Si donas 250 €, podrás deducirte 200 € en tu declaración.
- A partir de 250 €, la cantidad restante tiene una deducción del 40%.
- La deducción aumenta al 45% sobre el importe que supere los 250 € si has donado a la misma entidad durante el año en curso y los dos anteriores por un importe igual o superior al de cada ejercicio precedente.
Ejemplo:
Si donas 300 €, podrás deducirte:
- 200 € por los primeros 250 €.
- 20 € por los 50 € restantes (40%).
Deducción total: 220 €.
Si eres una empresa (Impuesto sobre Sociedades)
- Puedes deducirte el 40% del importe donado.
- La deducción aumenta al 50% si has realizado donaciones a la misma entidad durante el ejercicio actual y los dos anteriores por un importe igual o superior al de cada año precedente.
- La base de la deducción tiene como límite el 15% de la base imponible del ejercicio. Las cantidades que excedan este límite podrán aplicarse en los diez ejercicios siguientes.
Importante
Las deducciones fiscales pueden variar en los territorios con régimen foral (País Vasco y Navarra) y algunas comunidades autónomas pueden establecer beneficios fiscales adicionales. Te recomendamos consultar tu situación particular.